Defensa legal especializada ante denegaciones de permisos de residencia, nacionalidad y visados. No te conformes con un «no»: recurre con abogados expertos
Si te han denegado un permiso de residencia, la nacionalidad española, un visado o cualquier otra solicitud en materia de extranjería, tienes derecho a recurrir. No aceptes una resolución negativa sin antes consultar con un abogado especialista.
Los motivos de denegación más frecuentes son:
Los plazos para recurrir son muy estrictos. Si recibes una denegación, contacta inmediatamente con un abogado. Dejar pasar los plazos significa perder tu derecho a recurrir y que la resolución sea firme.
Existen tres tipos principales de recursos en materia de extranjería, cada uno con características y plazos distintos:
La elección del recurso depende del tipo de resolución, del órgano que la dictó y de la estrategia más conveniente para tu caso. En muchos casos, es más eficaz ir directamente al recurso contencioso-administrativo sin pasar por reposición o alzada. Consulta con nuestros abogados para diseñar la mejor estrategia.
Respetar los plazos es fundamental. Si se dejan pasar, la resolución deviene firme y ya no se puede recurrir.
Los plazos empiezan a contar desde la notificación de la resolución, no desde que la recoges. Si te notifican por correo certificado y no lo recoges, el plazo empieza cuando se intenta la segunda notificación o se publica en el BOE.
La Audiencia Nacional es el órgano jurisdiccional competente para conocer de los recursos contencioso-administrativos en materia de nacionalidad española. Sus resoluciones son vinculantes y crean jurisprudencia.
Nuestro despacho acumula un alto porcentaje de sentencias favorables ante la Audiencia Nacional en materia de nacionalidad. Muchas denegaciones se deben a errores de valoración de la Administración que los tribunales corrigen.
El silencio administrativo se produce cuando la Administración no resuelve una solicitud dentro del plazo legalmente establecido. Puede ser positivo (se entiende concedido) o negativo (se entiende denegado).
Paradójicamente, el silencio administrativo negativo puede ser una oportunidad: permite acudir directamente a la vía judicial con un plazo más largo (6 meses) y sin tener que agotar la vía administrativa previa en algunos casos.
En REX Extranjería Abogados llevamos más de 10 años defendiendo los derechos de los extranjeros en España. Los recursos administrativos y judiciales son una de nuestras principales áreas de especialización.
Algunos de los casos que nuestro despacho ha resuelto favorablemente en materia de recursos:
Cliente con nacionalidad denegada por supuesta falta de integración. Recurso ante la Audiencia Nacional. Sentencia favorable en 3 meses reconociendo la integración social y concediendo la nacionalidad.
Denegación por considerar insuficiente el contrato de trabajo. Recurso de alzada aportando documentación complementaria. Estimado: permiso concedido.
Denegación de tarjeta de residencia permanente por antecedentes penales cancelables. Recurso contencioso-administrativo estimado: los antecedentes cancelados no pueden valorarse.
Recurso contra denegación de reagrupación por medios económicos «insuficientes». El juez consideró que los medios eran adecuados atendiendo a las circunstancias familiares.
Denegación de renovación de tarjeta de estudiante por informe policial desfavorable. Recurso estimado al acreditar que los antecedentes no eran relevantes para la finalidad del permiso.
Expediente de nacionalidad sin resolver durante más de 2 años. Recurso contencioso por silencio administrativo. Sentencia ordenando conceder la nacionalidad por haber transcurrido el plazo legal.
Consulta nuestra página de Casos Reales para ver más ejemplos de resoluciones favorables obtenidas por nuestro despacho.
El coste varía según el tipo de recurso. Los recursos administrativos (reposición y alzada) no tienen tasas judiciales. El recurso contencioso-administrativo puede tener tasas judiciales, aunque los extranjeros personas físicas suelen estar exentos. Los honorarios de abogado se valoran según la complejidad del caso.
En general, la presentación de un recurso contencioso-administrativo no suspende automáticamente la resolución denegada. Sin embargo, se pueden solicitar medidas cautelares al juez para que te permita permanecer en España mientras se resuelve. Es fundamental actuar rápido y con asesoramiento especializado.
El tiempo varía según el tribunal y la carga de trabajo. Ante la Audiencia Nacional (nacionalidad), la duración media es de 6 a 18 meses. Ante los Juzgados Contencioso-Administrativos (permisos), puede tardar de 6 meses a 2 años. En algunos casos hemos obtenido sentencias en menos de 3 meses.
Si el recurso es desestimado, existen opciones adicionales: recurso de apelación ante el Tribunal Superior (si procede), o presentar una nueva solicitud si han cambiado las circunstancias. En nuestro despacho valoramos todas las opciones antes de recurrir para maximizar las posibilidades de éxito.
Para los recursos administrativos (reposición y alzada) no es obligatoria la intervención de abogado, aunque es muy recomendable. Para el recurso contencioso-administrativo ante los tribunales, es obligatoria la representación con abogado y procurador. Contar con un abogado especialista desde el principio aumenta significativamente las posibilidades de éxito.